FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES DE LA ECONOMÍA SOCIAL DE MERCADO EN VENEZUELA
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2021-11-06
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Resumen
Estado Venezolano como titular de la defensa y el desarrollo de la Nación, está
regulado por un conjunto de fines que la Constitución en su artículo 3 destaca para el
ejercicio de sus atribuciones y competencias fundamentales, para ello resulta
necesario, además de una sólida institucionalidad democrática, de un orden económico
y social que dé cabida a la prosperidad, el desarrollo humano integral y la libre iniciativa
en conjunto con la subsidiariedad. En ese orden de ideas, el complejo contexto
económico actual implica el despliegue de mecanismos institucionales viables y nuevas
prácticas que permitan el equilibrio sostenible, el bien común y la justicia social, siendo
en tal sentido que surge la aplicabilidad de un modelo con suficiente sustentación legal,
doctrinaria y jurisprudencial en nuestro ordenamiento jurídico y de comprobados
resultados exitosos en América Latina y Europa Occidental como lo es la “Economía
Social de Mercado”, de tal modo que este sirva de herramienta, no solamente para el
logro de objetivos económicos o en materia de finanzas públicas, sino que también sea
un mecanismo para la democratización, la reinstitucionalización, la inclusión social, el
desarrollo local y la garantía de derechos fundamentales en aras de la paz y bienestar
social.
Palabras clave: Derecho constitucional, Economía social de mercado, Derecho público
económico.